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En demasiados casos, una empresa no sabe que ciertos activos son propiedad intelectual o no sabe que la propiedad de cualquier propiedad intelectual creada por alguien antes de unirse a la empresa como empleador o fundador pertenece a esa persona. Uno de los principales documentos que todas las empresas deben insistir en que firmen los empleados y contratistas independientes, y en el caso de una nueva empresa o puesta en marcha, todos los fundadores firmen, es un Acuerdo de Cesión de Propiedad Intelectual.

Muchos gerentes comerciales asumen incorrectamente que la propiedad intelectual solo se aplica a las empresas de alta tecnología. Incorrecto (ver más abajo)! Siempre que su empresa se ocupe de cualquier cosa creativa, o tenga conocimientos o información importante para su éxito, el propietario o gerente de la empresa quiere asegurarse de que la propiedad de cualquier invento o trabajo creado para la empresa se asigne a la empresa. En el campo de las patentes, a menos que su empresa haya firmado el documento de cesión pertinente con los empleados, es posible que todos los contratistas y empleados independientes (excepto los que pertenecen a la categoría restringida de empleados «contratados para inventar») posean personalmente todas las invenciones patentables que crear.

Además, si la empresa no tiene un acuerdo por escrito sobre la propiedad de cualquier obra initial de autoría, es posible que el autor de la obra primary sea el propietario de los derechos de autor. La principal excepción son las obras «hechas por encargo» creadas por empleados que actúan en el ámbito de su empleo, que automáticamente pertenece al empleador.

Entonces, ¿qué pasa con el diseñador/desarrollador del sitio internet que su empresa contrató para crear el «Entrance-close» y el «back-conclusion» de su distinguido sitio net? Según la ley, si el diseñador/desarrollador es un contratista independiente, entonces el diseñador/desarrollador posee los derechos de autor y tiene derecho a vender los mismos diseños de página o código de computadora a otra persona. Si el sitio internet está diseñado por un empleado en el curso ordinario de su empleo, entonces el empleador posee los derechos de autor.

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Por lo tanto, es de interés del propietario y del administrador no verse envuelto en cuestiones de hecho, como si las obras son creadas por un empleado en el ámbito de su empleo o quién es un empleado contratado para inventar, o si el autor de la obra es un empleado o un contratista independiente. La empresa debe negociar para que tanto los empleados como los contratistas independientes firmen cesiones de derechos de autor por escrito.

En algunos casos, el contratista independiente se negará a transferir los derechos de autor del producto del trabajo y, en tales casos, la empresa puede negociar con el contratista independiente para que no venda ni licencie la invención o el producto del trabajo a los competidores directos. Nos hemos encontrado con situaciones en las que los consultores independientes se niegan a transferir la propiedad de los derechos de autor a su producto de trabajo, y la empresa encargada negocia para limitar la concesión de licencias o la transferencia de dichos derechos de autor.

Muchos gerentes comerciales pasan por alto los problemas de propiedad intelectual, ya que asumen (incorrectamente) que los problemas de propiedad intelectual son relevantes solo para las empresas de tecnología que tienen ingenieros y empleados piratas informáticos. Sin embargo, todas las empresas deben darse cuenta de que los siguientes activos comerciales tienen valor y deben protegerse:

  • Listas de clientes
  • program personalizado
  • Nombre o logotipo
  • Literatura del producto
  • conocimientos confidenciales sobre cómo hacer ciertas cosas
  • fórmulas secretas

En suma, el dueño de una empresa o el gerente comercial debe tomar precauciones para aclarar la titularidad de la propiedad intelectual de la empresa. Todos los empleados, contratistas independientes y, en el caso de empresas emergentes y nuevas empresas, todos los fundadores de una empresa deben estar obligados a firmar cesiones de invenciones y acuerdos de confidencialidad dando al empleador el derecho de comercializar la notion, invención, obra, preparada, concebida o puesta en práctica por sus trabajadores durante el período de empleo. En el caso de empresas nuevas y empresas nuevas, todos los fundadores y propietarios deben estar obligados de manera similar en el momento de la formación a ceder la propiedad de las obras creativas (todos los derechos de autor, marcas registradas o patentes) a la empresa.

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En una situación de puesta en marcha, en la medida en que el empleado contribuya a la «propiedad» de Newco, incluidas patentes, derechos de autor, fórmulas secretas, conocimientos técnicos confidenciales y otros activos intangibles legalmente protegidos, según la Sección 351 del Código de Rentas Internas, el empresario puede eludir impuestos sobre su compra a precio de ganga de acciones de Newco.

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Por Mireia

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